• El Título IX de la Constitución Española introduce la figura del Tribunal Constitucional, un órgano competente para interpretar si una ley o norma cumple la Carta Magna
  • El Congreso, el Senado, el Gobierno y el CGPJ eligen a sus doce miembros
Este artículo está escrito desde el punto de vista de una persona que estudia unas oposiciones. No soy experto en derecho. Escribir y explicar la legislación que estoy estudiando me ayuda a entenderla mejor, detectar errores propios de concepto y practicar el ejercicio de explicar materias complejas de la forma más sencilla y accesible para todas las personas.
Esquema sobre el Título IX de la CE1978

El Tribunal Constitucional es un órgano con jurisdicción en toda España con capacidad para juzgar si una ley o norma es contraria a la Constitución. Sus declaraciones tienen rango de ley, aunque, como explica la propia CE1978 en su artículo 161 apartado a): “La sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada”.

Además, es el órgano al que acudir para pedir el recurso de amparo del artículo 53.2, sobre la garantía en la protección de los derechos fundamentales. 

Éste Tribunal también dirime en conflictos de competencias entre las Comunidades Autónomas y el Estado central y se puede encargar de más materias que le atribuyan la Constitución o las leyes.

Sus sentencias se publican en el Boletín Oficial del Estado, incluyendo los votos particulares “si los hubiere”. Al día siguiente de su publicación, adquieren el valor de “cosa juzgada” y “no cabe recurso alguno contra ellas”.

La Constitución, en su artículo 164, añade: “Las [sentencias] que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen plenos efectos frente a todos”.

Una ley orgánica regula “su funcionamiento, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de acciones”.

¿Quiénes pueden ser miembros del Tribunal Constitucional?

Para ser miembro del Tribunal Constitucional, hay que desempeñar una de estas profesiones:

  • Magistrado
  • Fiscal
  • Profesor de Universidad
  • funcionario público
  • abogado

Hay que ser un “jurista de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional”.

¿A qué régimen de incompatibilidades están sujetos los miembros del Tribunal Constitucional?

Como dice el artículo 159.4, ser miembro del Tribunal Constitucional es incompatible con:

  • Todo mandato representativo
  • Cargos políticos o administrativos
  • Desempeño de funciones directivas en un partido político o un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos
  • Ejercicio de las carreras judicial y fiscal
  • Cualquier actividad profesional o mercantil

Además, sus doce miembros están sujetos a las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.

¿Cómo deben ser los miembros del Tribunal Constitucional en el ejercicio de su mandato?

Independientes e inamovibles.

¿Cómo se elige a los doce miembros del Tribunal Constitucional?

Este es el número de miembros que elige cada institución:

  • Gobierno: 2
  • Consejo General del Poder Judicial: 2
  • Congreso de los Diputados: 4
  • Senado: 4
Miembros del TC
Miembros del TC

¿Cómo se elige y quién nombra al presidente del Tribunal Constitucional y cuánto dura su mandato?

El presidente se elige de entre los doce miembros designados por Gobierno, CGPJ, Congreso y Senado.

A propuesta del propio Tribunal, el Rey lo nombra por un periodo de tres 

 años.

¿Quiénes están legitimados para interponer el recurso de inconstitucionalidad? *error detectado en la pizarra

  • El Presidente del Gobierno
  • El Defensor del Pueblo
  • 50 Diputados
  • 50 Senadores
  • “Órganos colegiados ejecutivos” de las CCAA
  • Las Asambleas de las CCAA

¿Quiénes están legitimados para interponer el recurso de amparo? *error detectado en la pizarra

  • Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo
  • El defensor del pueblo
  • El Ministerio Fiscal

En los demás casos, la ley orgánica determinará las personas y órganos legitimados.

El Gobierno puede impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas.

Si se impugna, se suspende esa disposición o resolución recurrida, “pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.

Si hay más casos, la ley orgánica determinará las personas y órganos legitimados para imponer el recurso de inconstitucionalidad.

Fe de errores

A la hora de hacer el vídeo, tuve un error de concepto sobre quién puede interponer el recurso de amparo y quién puede interponer el recurso de inconstitucionalidad.

El error consistió en no distinguir entre ambos recursos y meter en el mismo saco a todas las partes.

Como ya he corregido en el texto, el recurso de inconstitucionalidad lo pueden interponer (están legitimados)…

  • El Gobierno
  • 50 senadores
  • 50 diputados
  • El defensor del pueblo
  • Los órganos colegiados ejecutivos de la Comunidades Autónomas
  • Las asambleas de las Comunidades Autónomas (en su caso)

Por otro lado, el recurso de amparo lo pueden interponer (están legitimados):

  • Cualquier persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo
  • El Defensor del Pueblo
  • El Ministerio Fiscal